Un nuevo e-Foil desarrollado por Fliteboard en colaboración con Mercury Racing ha alcanzado una velocidad máxima de 55 km/h, convirtiéndose en el modelo más rápido de su categoría comercial disponible en Europa. El lanzamiento, confirmado en julio de 2026 en aguas de Mallorca, ha reabierto el debate sobre la ausencia de un marco normativo específico para vehículos acuáticos eléctricos de alta velocidad en España.
El salto tecnológico que desafía la normativa vigente
El Fliteboard Race X Mercury Racing Carbon no es una evolución incremental: es un cambio de paradigma. Su ala Flux 707 AB, fabricada íntegramente en fibra de carbono y 30 % más pequeña que las alas estándar de uso recreativo, reduce drásticamente la resistencia hidrodinámica. Según datos técnicos publicados por Fliteboard en su dossier de lanzamiento, esta configuración permite aceleraciones laterales superiores a 1,2 g, cifra comparable a la de embarcaciones de regata profesional.
«No es una tabla de surf: es un hidroplano eléctrico con perfil de competición»
Así lo afirmó Martí Figueras, ingeniero naval especializado en vehículos acuáticos autónomos y miembro del Grupo de Estudio en Movilidad Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña, en una entrevista exclusiva el 18 de julio de 2026. Figueras subrayó que «la capacidad de mantener vuelo estable a más de 45 km/h en aguas con oleaje inferior a 0,5 metros exige un control de estabilidad que supera ampliamente los requisitos de los actuales permisos de navegación recreativa».
Riesgos operativos y vacío legal
En España, los e-Foils se clasifican actualmente como embarcaciones de recreo bajo el Real Decreto 1231/2021. Sin embargo, este texto no contempla vehículos capaces de despegar del agua ni de operar sin contacto con la superficie. El Servicio Marítimo de la Guardia Civil confirmó, mediante nota oficial del 22 de julio, que «no existe una categoría específica para hidroplanos eléctricos con capacidad de vuelo sostenido, ni protocolos de inspección adaptados a su dinámica de maniobra».
Cronología de alertas regulatorias
- Marzo 2025: La Dirección General de la Marina Mercante emitió una circular interna advirtiendo sobre «la imposibilidad de aplicar los límites de velocidad establecidos para embarcaciones convencionales a dispositivos que operan fuera del plano acuático».
- Junio 2025: Un incidente en la bahía de Denia, donde un e-Foil colisionó con una embarcación de pesca artesanal a 42 km/h, derivó en una denuncia ante la Audiencia Provincial de Alicante por «falta de regulación técnica previa».
- Julio 2026: El Consejo Superior de Deportes incluyó los e-Foils de competición en su Plan Estratégico 2026–2030, pero sin definir requisitos de homologación ni zonas de uso autorizadas.
Antecedentes y contexto
La comercialización de e-Foils en España se aceleró tras la entrada del Fliteboard Pro en 2022, con velocidad máxima de 40 km/h. Desde entonces, el parque nacional de e-Foils ha crecido un 217 %, según datos del Instituto de Estadística de la Marina (2025). Sin embargo, la normativa no ha seguido el ritmo: el Reglamento de Seguridad para Embarcaciones de Recreo no ha sido actualizado desde 2019. En contraste, Francia ya exige licencia específica para e-Foils que superen los 35 km/h, y Alemania ha establecido zonas de exclusión en 120 km de costa para vehículos con capacidad de vuelo.
¿Quién asume la responsabilidad en caso de accidente?
La ausencia de un marco legal claro complica la atribución de responsabilidad. Según Elías Juárez, periodista especializado en movilidad sostenible y autor del informe Náutica Eléctrica: El vacío normativo, «si un e-Foil choca con una embarcación de vela en aguas protegidas, no hay una norma que determine si la culpa corresponde al operador, al fabricante o a la autoridad portuaria por no haber delimitado zonas de uso». Juárez añadió que, en dos casos recientes en Cádiz y Santander, los juzgados han aplicado por analogía el Código de Navegación de 1944 —una norma diseñada para veleros y embarcaciones a motor de la década de 1940.
El Colegio Oficial de Náuticos de España ha solicitado formalmente a la Dirección General de la Marina Mercante la creación de una categoría técnica específica denominada Vehículos Acuáticos de Elevación Eléctrica (VAEE), con requisitos de formación, zonificación y homologación de baterías. Hasta la fecha, no ha recibido respuesta oficial.
