Un juez de Barcelona ha declarado procedente el despido de la exresponsable de cumplimiento normativo de Transports Metropolitans de Barcelona (TMB), ocurrido en junio de 2024, tras concluir que su conducta constituyó acoso laboral grave contra un empleado. La sentencia, emitida el 27 de julio de 2026, rechaza la tesis de la demandante de que su cese fue represalia por investigar a la cúpula de la empresa.
La exdirectiva fue despedida tras abrir un expediente interno por presunto acoso laboral contra una empleada, caso que implicaba a tres directivos de TMB. Ella sostuvo que su investigación desató una reacción punitiva. Sin embargo, el tribunal determinó que el motivo real fue una denuncia paralela en su contra, presentada por un trabajador al que, según los hechos probados, sometió a críticas constantes, amenazas, gritos, insultos y aislamiento profesional.
El juez descarta represalia y confirma la gravedad del acoso
El magistrado consideró que la conducta de la exjefa de cumplimiento fue “incompatible con la dignidad del puesto y con las funciones de liderazgo que desempeñaba”. La sentencia señala que no existe “posibilidad de atemperar la sanción impuesta”, al tratarse de hechos “reiterados, documentados y corroborados por múltiples testigos”.
La resolución incorpora como prueba clave correos electrónicos enviados por la demandante, en los que se evidencian órdenes abusivas, exigencias irrazonables y lenguaje descalificativo. También se recoge el testimonio de tres compañeros que confirmaron su exclusión deliberada del empleado de reuniones clave y su presión para que otros no interactuaran con él.
Voces institucionales: TMB defiende la integridad del proceso
En su defensa, TMB argumentó que actuó con estricto apego al Estatuto de los Trabajadores y a su propio protocolo de prevención de riesgos psicosociales. La empresa destacó que la investigación interna fue “objetiva, proporcional y basada en hechos verificables”. El consejero delegado Xavier Flores, la jefa de recursos humanos y el director jurídico fueron absueltos de los cargos de vulneración de derechos fundamentales y cese ilegítimo.
La investigación que desató el conflicto
La exresponsable de cumplimiento había iniciado un expediente disciplinario en abril de 2024, tras recibir una denuncia de acoso laboral presentada por una empleada de planta. El caso implicaba a tres directivos, uno de los cuales era exjefa de una unidad estratégica. Según la demandante, su investigación fue obstaculizada desde instancias superiores y su despido se produjo días después de que el expediente avanzara a fase de instrucción.
Sin embargo, el juez no encontró relación causal entre esa investigación y su cese. La sentencia afirma que “la existencia de una denuncia previa no impide, por sí sola, la apertura de otra investigación en contra de quien la promueve, si los hechos lo justifican”.
Cronología clave del caso
- Abril de 2024: La exjefa de cumplimiento inicia expediente por acoso contra una empleada, con implicación de tres directivos.
- Mayo de 2024: Un empleado interpone denuncia formal por acoso laboral contra ella ante recursos humanos.
- Junio de 2024: TMB resuelve su despido tras instrucción del expediente interno.
- Febrero de 2026: Juicio oral en la Audiencia Provincial de Barcelona.
- 27 de julio de 2026: Sentencia firme que declara el despido procedente y absuelve a los directivos acusados.
Antecedentes y contexto
Este caso se inscribe en un contexto de creciente escrutinio sobre la independencia de los departamentos de cumplimiento en entidades públicas catalanas. Desde 2022, el Consorci de Transports de Catalunya ha impulsado reformas para fortalecer los canales de denuncia interna en empresas como TMB. No obstante, varios informes del Sindicato de Funcionarios de Cataluña (SIFC) han advertido sobre “presiones indirectas” contra responsables de ética cuando sus investigaciones afectan a altos cargos.
En 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló un despido similar en Àrea Metropolitana de Barcelona, al considerar que la investigación de una jefa de control interno había sido “desestimada sin motivación suficiente”. En contraste, esta sentencia de 2026 establece un precedente al exigir que la mera condición de investigador no otorga inmunidad frente a responsabilidades disciplinarias propias.
El caso también reabre el debate sobre los límites del poder sancionador en organismos públicos. Según el Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universitat Pompeu Fabra, Jordi Solé, “una persona que ejerce funciones de control no está exenta de cumplir con los deberes de respeto y trato digno. La ley protege al denunciante, no al denunciador que abusa de su posición”.
La demandante ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, argumentando que la valoración probatoria del juez “ignora la carga de poder que pesaba sobre ella como garante de la integridad institucional”.
