El Real Decreto 518/2026 ha reformado el Reglamento General de Circulación, introduciendo la posibilidad de que las motos circulen por el arcén en situaciones de congestión. Esta medida, vigente desde el 1 de octubre de 2026, busca reducir colisiones por alcance y mejorar la fluidez. Pero su aplicación no es uniforme: Catalunya la rechaza por razones de seguridad y gestión operativa.
¿Qué dice el nuevo Reglamento General de Circulación sobre el arcén?
El artículo 36.3 del texto modificado autoriza a los conductores de motocicletas a usar el arcén derecho bajo tres condiciones estrictas: que el tramo esté señalizado expresamente para ello, que exista una congestión de tráfico y que la velocidad no supere los 30 km/h.
Esta norma no crea una vía alternativa libre. Es una excepción técnica, no un derecho generalizado. La DGT la justifica como una forma de reconocer una práctica habitual —el filtering— y darle marco legal para reducir la inseguridad jurídica.
¿Por qué Catalunya no aplicará la medida?
El Servei Català del Trànsit (SCT), con competencias transferidas en materia de tráfico, ha anunciado que no implementará la norma. Ramon Lamiel, su máximo responsable, argumenta que el arcén es un espacio crítico para emergencias, reparaciones y averías.
El arcén como corredor de seguridad operativa
En vías con alta congestión, el arcén permite el desplazamiento ágil de Mossos d’Esquadra, ambulancias y vehículos de mantenimiento. Permitir motos allí, según el SCT, incrementa el riesgo de interferencias y complica los protocolos de respuesta.
Dificultades de control y cumplimiento
Vigilar que las motos respeten los 30 km/h en el arcén es técnicamente complejo. No hay sensores ni cámaras específicas para ese uso. La fiscalización recaería en controles presenciales, poco escalables en redes extensas como la C-31 o la AP-7.
¿Qué impacto económico tiene esta reforma?
La medida tiene efectos directos en tres ámbitos:
- Reducción de tiempos de desplazamiento: Estudios de la DGT estiman un 7 % de mejora en la fluidez en tramos urbanos con alta densidad de motos.
- Ahorro en costes de siniestralidad: Menos colisiones por alcance suponen menores gastos en reparaciones, seguros y atención médica.
- Inversión en señalización: Las comunidades autónomas deben instalar nueva señalización vertical y horizontal, lo que implica costes de adaptación presupuestaria.
¿Qué marco legal regula la competencia en tráfico?
La Ley Orgánica 3/1980 y el Estatuto de los Autónomos reconocen la transferencia de competencias en tráfico a las comunidades con estatuto de autonomía. Catalunya, Andalucía y el País Vasco gestionan sus propias políticas viales bajo supervisión técnica de la DGT.
Esto explica por qué una norma estatal puede no aplicarse regionalmente: no es una cuestión de desobediencia, sino de ejercicio legítimo de competencias propias.
Datos Clave
- El Real Decreto 518/2026 entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
- Solo se permite el uso del arcén si hay señalización expresa, congestión y velocidad ≤ 30 km/h.
- Catalunya no aplicará la medida, invocando prioridad de seguridad vial y gestión operativa.
- La DGT considera la norma una respuesta a la práctica consolidada del filtering.
- El control de velocidad en el arcén carece de infraestructura tecnológica específica.
¿Qué significa esto para los motociclistas?
Los conductores deben distinguir entre lo legal y lo aplicable. En Catalunya, circular por el arcén sigue siendo sancionable, incluso si hay retención. En otras comunidades, dependerá de la señalización y de la intensidad del tráfico.
La reforma no elimina la necesidad de formación específica. El permiso de conducción A2 y los cursos de conducción segura siguen siendo fundamentales para reducir riesgos.
La tridimensionalidad de la medida es clara: desde el contexto actual —la presión por reducir emisiones y tiempos de viaje—, su impacto económico —ahorro en siniestralidad y costes de señalización— y su marco legal —la tensión entre norma estatal y competencias autonómicas—, esta reforma redefine el equilibrio entre innovación vial y seguridad real.
